Tren y barco aceptan sillas de ruedas con motor y scooters eléctricos para ancianos, minusválidos o discapacitados.

Las empresas de transporte deberán informar a los viajeros con discapacidad de los nuevos derechos

 

El Consejo de Ministros aprobó el 20 de septiembre de 2019 un Real Decreto para permitir a las personas con discapacidad o movilidad reducida el acceso con sus sillas de ruedas con motor o scooters a trenes de media y larga distancia y barcos.

Para ello, a propuesta del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), se ha modicado la normativa con objeto de que las personas con discapacidad puedan usar en estos medios de transporte sus sillas motorizadas de forma totalmente gratuita, según ha informado el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Además, indica que las empresas deberán informar a los viajeros sobre las características de las sillas y escúteres admisibles en cada servicio en función de las características técnicas y de seguridad de los medios de que disponen.

Esta nueva medida permitirá asimismo a las personas con epilepsia y diabetes viajar acompañadas de perros especialmente adiestrados para prevenir ataques propios de esas enfermedades. Por ello, se establece la obligación de admitirlos en estos medios de transporte, facilitando la movilidad de estos colectivos.

“El uso cada vez más extendido, entre las personas con discapacidad o movilidad reducida, de las sillas eléctricas y de los escúteres, requiere que, en todos los casos en los cuales se disponga de medios de transporte terrestre y
marítimo que permitan el transporte de sillas eléctricas o scooters, y estas cumplan determinadas normas técnicas, se garantice el acceso a los mismos, avanzando en la accesibilidad de nuestros medios de transporte público”, afirman desde el ministerio.

 

Fuente: 65 y más